Con la entrada en vigor de la Tarifa de Último Recurso (TUR) el 1 de julio de 2009 se creó el bono social, destinado a favorecer a determinados colectivos considerados vulnerables y cuya principal ventaja es la congelación de la factura de
la luz. El bono social es un descuento sobre la Tarifa de Último
Recurso (TUR), fijada por el Gobierno, que supone una congelación de la
tarifa vigente en el momento de la puesta en marcha de la TUR.
Requisitos para solicitar el bono social
El bono social es una forma de reducir la factura de la luz para aquellos ciudadanos que cumplen una serie de requisitos:
- Ser consumidor acogido a la TUR, ya que no tienen derecho al bono social aquellos que estén en el mercado liberalizado.
- Ser persona física.
- El punto de suministro deberá corresponderse con el de la vivienda habitual.
¿Quién puede solicitar el bono social?
Son cuatro los colectivos que podrán beneficiarse del bono social .
- Consumidores con potencia contratada menor a 3KW: clientes con una
potencia contratada en su vivienda habitual inferior a 3 KW, en este
caso la comercializadora de último recurso comenzó a aplicar el bono
social de forma automática desde el 1 de julio de 2009.
- Pensionistas: consumidores mayores de 60 años que perciban una pensión mínima del sistema de la Seguridad Social.
• Por jubilación.
• Por incapacidad permanente.
• Por viudedad.
• Pensiones no contributivas.
• Desempleados: familias con todos sus miembros en edad de trabajar en situación de desempleo.
¿Cómo solicitar el bono social?
Para solicitar el bono social se realiza la misma por escrito a la
comercializadora de último recurso por correo ordinario, correo
electrónico o fax, también es posible entregar dicha solicitud
personalmente en las oficinas de la distribuidora.
Duración / penalización
El organismo encargado de supervisar la correcta aplicación del bono social es la Comisión Nacional de Energía
(CNE). El bono social se disfruta por un periodo de dos años. Para
poder volver a beneficiarse de él es necesario acreditar de nuevo que
se siguen cumpliendo los requisitos. Además, el consumidor tiene la
obligación de informar a su comercializadora de último recurso, en el
caso de que deje de cumplir con los requisitos para percibir el bono
social.
Si se incumplen los requisitos para la aplicación del bono social se
refacturará el suministro desde la fecha en que se produzca el
incumplimiento de la TUR, suponiendo un recargo del 10% en la factura
inmediatamente posterior a la detección de la infracción.
La situación actual del mercado de electricidad,
en el que los precios están en continuo ascenso, hace que las
eléctricas tengan que costear el sobrecoste de la energía para estos
consumidores.
¿Consideras que el gobierno debe promover más iniciativas que ayuden a los consumidores más vulnerables?
Visto en: Twenergy
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